Grado en Educación Infantil

Calendario de Implantación

Actualizado 09/03/2016


Cronograma de Implantación

El nuevo Título de Graduado/Graduada en Educación Infantil se irá implantando de forma progresiva a partir del curso 2010-2011. En la tabla se detalla el calendario de implantación del nuevo grado así como los cursos que se extinguen de la Diplomatura que se sustituye, así como los periodos de convivencia de ambos planes de estudios.

  Cursos implantados plan nuevo Curso extinguidos plan antiguo Cursos que se mantienen plan antiguo
Curso 2010-2011 2º-3º
Curso 2011-2012 1º y 2º 1º y 2º
Curso 2012-2013 1º, 2º y 3º 1º, 2º y 3º -
Curso 2013-2014 1º, 2º, 3º y 4º - -

Procedimiento de Adaptación de los Estudiantes Procedentes de Enseñanzas Anteriores

Por la implantación del presente Título de Graduado/Graduada en Educación Infantil se extinguen las enseñanzas actuales correspondientes al Plan de Estudios de Maestro/Maestra, especialidad de Educación Infantil, aprobado por Resolución de 6 de agosto de 2000, de la Universidad de Córdoba (BOE número 244, de 11 de octubre de 2000, y modificado por Resolución de 19 de julio de 2002, de la Universidad de Córdoba (BOE número 194, de 14 de agosto de 2002).

Se presenta, a continuación, el reconocimiento de las asignaturas de aquellos y aquellas estudiantes que hayan o estén cursando los estudios a extinguir (Diplomatura de Maestro, especialidad de Educación Infantil) por las asignaturas obligatorias del nuevo Título de Graduado/Graduada en Educación Infantil.

MAESTRO, ESPECIALIDAD DE EDUCACIÓN INFANTIL
PLAN 2001
GRADUADO/GRADUADA EN EDUCACIÓN INFANTIL
ASIGNATURA
CARÁCTER
CRÉDITOS
ASIGNATURA
CARÁCTER
CRÉDITOS
Psicología de la Educación y del Desarrollo en Edad Escolar Troncal
9
Psicología de la Educación Básico
6
Psicología del Desarrollo Básico
6
Teoría e Instituciones Contemporáneas de la Educación Troncal
4,5
La escuela infantil en el sistema educativo Básico
12
Organización del Centro Escolar Troncal
4,5
Sociología de la Educación Troncal
4,5
Sociología de la Educación Básico
6
Desarrollo de la Expresión Plástica y su Didáctica Troncal
6
Expresión Plástica infantil y su Didáctica Obligatoria
9
Desarrollo Psicomotor Troncal
6
Comportamiento motor en el niño y la niña de 0 a 6 años Obligatoria
6
Lengua y Literatura y su Didáctica Obligatoria
6
Lengua española Obligatoria
6
Didáctica General Troncal
9
Planificación e Innovación en Educación Infantil Básico
6
Bases Psicopedagógicas de la Educación Especial Troncal
9
Atención al alumnado con necesidades educativas especiales en Educación Infantil Obligatoria
6
Desarrollo de la Expresión Musical y su Didáctica Troncal
6
Desarrollo de la Expresión musical en Infantil Obligatoria
6
Desarrollo de Habilidades Lingüísticas y su Didáctica I Troncal
6
Desarrollo de Habilidades Lingüísticas y su Didáctica Obligatoria
9
Desarrollo de Habilidades Lingüísticas y su Didáctica II Troncal
6
Literatura Infantil Troncal
4,5
Literatura Infantil y su Didáctica Obligatoria
3
Desarrollo del Pensamiento Matemático y su Didáctica Troncal
6
Desarrollo del Pensamiento Matemático Obligatoria
6
Conocimiento del Medio Natural, Social, y Cultural Troncal
6
Didáctica de las Ciencias Naturales y Sociales en Educación Infantil Obligatoria
9
Prácticum I Troncal
16
Prácticum I y II Obligatoria
26
Prácticum II Troncal
16

En cuanto a la optatividad se reconocerán, dentro del máximo de créditos optativos que permita la titulación de Graduado/Graduada en Educación Infantil, los créditos optativos que el estudiante ya tuviera aprobados en los estudios que se extinguen.

Asimismo, estos estudiantes deberán acreditar el conocimiento de un idioma extranjero para la obtención del Título de Graduado/Graduada en Educación Infantil. El nivel exigido será al equivalente a B1 (dominio independiente según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas Web), pudiendo realizar el alumno o alumna la acreditación de alguna de las siguientes formas:

  • A través de la presentación de un certificado oficial que acredite el nivel de idioma solicitado. En este sentido, la Universidad de Córdoba facilitará a los y las estudiantes esta acreditación a través de sus propios servicios (UCOIDIOMAS Web)
  • Redacción y Defensa oral del Trabajo de Fin de Grado en ese idioma extranjero.

Acreditando su movilidad Erasmus Web, previamente concertada o verificada a través del Vicedecanato de Innovación y Relaciones Institucionales de la Facultad de Ciencias de la Educación en el caso del centro público y del centro adscrito

Itinerarios Curriculares o de adaptación al Grado

Justificación de la propuesta:

Ante la próxima puesta en marcha de los cursos de adaptación para titulados de la ordenación anterior, se propone modificar la memoria del Grado incluyendo información detallada sobre dichos cursos, de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Atendiendo a la citada normativa dicha información, que en la versión inicial de la memoria se incluía de forma muy general en el punto 10 de la memoria, se traslada al punto 4.5.

Descripción de la propuesta:

Curso de adaptación:

Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, indica que quienes estando en posesión de un título oficial de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico pretendan cursar enseñanzas dirigidas a la obtención de un título oficial de Grado, obtendrán el reconocimiento de créditos que proceda con arreglo a lo previsto en el artículo 13 del citado Real Decreto, otorgando para ello competencias a las universidades que podrán realizar tal reconocimiento, atendiendo a la adecuación entre las competencias y los conocimientos asociados a las restantes materias cursadas por el solicitante. Este punto ha sido objeto de un Informe, de fecha 20 de noviembre de 2009, de la Subdirección General de Coordinación Académica y Régimen Jurídico de la Dirección General de Política Universitaria de la Secretaria General de Universidades del Ministerio de Educación.

En el sentido que se indica en el párrafo anterior, todas las Facultades de Ciencias de la Educación del Sistema Universitario Público de Andalucía que han impartido e imparten las enseñanzas vinculadas al Magisterio (Educación Infantil y Educación Primaria en todas sus especialidades), reunidas el 17 de febrero de 2011 en la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad de Granada y el 12 de diciembre de 201 2en la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad de Jaén , consideran que debería tenerse en cuenta que:

  1. Los Planes de Estudio a extinguir se rigen por resoluciones de las distintas universidades en las que se delimitan las enseñanzas conducentes a los títulos de Diplomado en Maestro en Educación Infantil, en Educación Primaria y las distintas especialidades de esta última: Lengua Extranjera, Audición y Lenguaje, Educación Especial, Educación Física y Educación Musical.
  2. En dichas resoluciones se establece, por un lado, que la carga lectiva global en ningún caso es inferior a 180créditos ni superior a 210. Estando todas en torno a 205 créditos.
  3. EI Real Decreto 1497/1987 en su Artículo 7.3b) establecía que el porcentaje de créditos para la libre configuración del currículum de estos estudiantes no podría ser inferior al 10% de la carga lectiva global del plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de que se trate. Todos los títulos de diplomado en Maestro del Sistema Universitario Público de Andalucía tienen una carga del 10% de créditos LRU correspondientes a asignaturas de libre configuración, en torno a 21 créditos.
  4. Dado que los estudios anteriores, a la entrada en vigor del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, mantienen todos sus efectos académicos y profesionales, el título del anterior ordenamiento académico se tiene que reconocer en su totalidad, y, por ello, teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, sería de justicia que cualquier diplomado en Maestro tuviese un reconocimiento de 205 créditos ECTS.

Lo anterior, junto con el análisis de las competencias a adquirir, implica planificar un Curso de Adaptación en los que cada Diplomado en Magisterio tuviese un itinerario especifico de un máximo de 36 créditos ECTS (un total de 30 créditos ECTS en asignaturas obligatorias, más 6 créditos ECTS correspondientes al Trabajo Fin de Grado) que atendería a desarrollar las competencias no contempladas en los títulos a extinguir e introducidas en los títulos de Grado en Educación Infantil y Educación Primaria. Este itinerario específico dependería de la diplomatura de origen y de la especialidad de Primaria, en su caso.

EI reconocimiento de créditos de su título y la superación del Curso de Adaptación debe dar acceso al título de Grado, si cumple con las exigencias académicas previstas en la Memoria de Verificación del título de Maestro al que se pretende acceder.

Además, se ha de tener en cuenta que:

  • Los Cursos de Adaptación deberán contemplar, atendiendo a lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, la posibilidad de un reconocimiento de la actividad profesional. EI reconocimiento de la actividad profesional se realizará por una Comisión Académica perteneciente al órgano responsable del Curso de Adaptación, sobre la base de informes emitidos por los agentes sociales correspondientes, con los límites que en su caso establezca la Comisión de Rama.
  • La Comisión Académica del Curso de Adaptación deberá coincidir, en su caso, con la Comisión Académica del Título propio.
  • En aquellos casos en que el número de solicitantes fuera muy alto, lo que es previsible al menos en  las  primeras promociones, sería posible que las Universidades organizaran títulos propios por los que posteriormente serían reconocidos los Complementos de Formación, excepto el Trabajo Fin de Grado, que no es reconocible en ningún caso según la regulación actual.
  • Sobre los títulos propios: para el acceso a los títulos propios se tendrán en cuenta el expediente académico y la experiencia profesional.
  • Los diplomados en Maestro de Educación Infantil solo podrán adaptarse al Grado en Educación Infantil.

Justificación del curso de adaptación. Interés académico, científico y profesional

El nuevo título de Grado en Educación Infantil ha comenzado su implantación en todas las Universidades Públicas Andaluzas en el curso 2010-2011.

Desde el primer momento de esta implantación, han sido continuas las consultas y reuniones para la adaptación de las diplomaturas de Maestro a los nuevos grados adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior. Por su parte, tanto la Conferencia Estatal de Decanos de Magisterio y Educación, a nivel nacional y la Conferencia de Decanos de Educación de las Universidades Públicas de Andalucía, Ceuta y Melilla en el ámbito de su influencia han mostrado reiteradamente el interés de los profesionales en adaptar sus títulos a los nuevos grados. También hay una amplia demanda de profesionales que desean obtener el título de grado para poder acceder de forma directa a los nuevos estudios de Máster Universitario o a programas de doctorado.

La Conferencia de Decanos de Educación de las Universidades públicas de Andalucía, Ceuta y Melilla se reunió el 17 de febrero de 2011 y el 12 de diciembre de 2012 para debatir la cuestión y acordar unas bases comunes en los cursos de adaptación. De forma unánime se insistió en la oportunidad de ofertar estos cursos en la Comunidad Autónoma a precios públicos, como ya lo estaban haciendo algunas universidades privadas no andaluzas en el territorio de la Comunidad Autónoma. Básicamente, los acuerdos fueron los siguientes:

  • Se valoró como urgente y necesario el establecer una oferta formativa en Andalucía para dar respuesta a la amplia demanda de diplomados en Maestro de Educación Infantil que quieren obtener el título de Grado y elaborar una propuesta conjunta sobre los Complementos de Formación a cursar.
  • Se consideró que los Planes de Estudios (correspondientes a las titulaciones de Magisterio en sus distintas especialidades) se planificaron y se han desarrollado, en el Sistema Universitario Público de Andalucía, con un número de similar: en torno a 205 y que, como consecuencia, el Curso de Adaptación a realizar por el alumno tendrá una carga docente de 36 ECTS. De ellos, 6 ECTS corresponderían al Trabajo Fin de Grado, que tal y como determina el Real Decreto 861/2010 de 2 de julio, en ningún caso podrá ser objeto de reconocimiento.
  • Para establecer las competencias que deberá adquirir el alumno en este Curso de Adaptación, se compararon los objetivos establecidos en los planes de estudios a extinguir con las competencias Básicas y Didáctico Disciplinares del nuevo título de Grado recogidas en la correspondientes Orden ECI3854/2007.
  • Los diplomados y las diplomadas en Maestro de Educación Infantil solo podrá adaptarse al Grado en Educación Infantil.

Deberán cursar 30 créditos, de los cuales 24 créditos corresponden a la Formación Básica de los siguientes módulos:

    • Dificultades de aprendizaje y trastornos del desarrollo. 6 cr.
    • Sociedad, Familia y Escuela (materia de Tutoría y Orientación. 6 cr.
    • Infancia, salud y alimentación. 6 cr.
    • Observación sistemática. 6 cr.

y 6 créditos del Bloque Disciplinar: Aprendizaje de las lenguas y Lectoescritura. Si el título en la universidad de destino ofrece mención cualificadora, deberá, además, cursar los créditos optativos de la mención si quiere obtenerla.

  • Se realiza la siguiente equivalencia de los Planes 71-72 con las diplomaturas:
    • Preescolar- Maestro Ed. Infantil.
  • Los créditos a cursar podrán ser convalidados por experiencia profesional en función de la normativa de la Universidad de Córdoba y solo la de la especialidad del grado que se quiere adquirir.
  • Los detalles de los módulos/asignaturas se exponen más adelante.
  • Para la obtención del título de Grado, los estudiantes deberán acreditar el nivel B1 o equivalente de un idioma extranjero.

Asimismo, se han tenido en cuenta los siguientes referentes externos para su confección:

  • Libros Blancos de Titulaciones de Grado en Magisterio.
  • Planes de Estudio de otras universidades españolas donde se imparte la titulación de Maestro de Educación Infantil.
  • Informes de asociaciones y colegios profesionales.
  • Orden ECI/3854/2007 por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Maestro en Educación Infantil.
  • Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del catálogo de Títulos Universitarios

Oficiales, creado por el Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre.

  • Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad
  • Actas de las reuniones de la Conferencia de Decanos de Educación de Andalucía, Ceuta y Melilla.

Acceso y admisión de estudiantes.

El acceso al Curso de Adaptación al Grado de Educación Infantil se hará de acuerdo con los dispuesto por el Distrito Único Andaluz.

Planificación de las enseñanzas.

EI Curso de Adaptación propuesto comprende, para el Grado en Educación Infantil, un total de 36 créditos, tal y como se indica a continuación:

  • Los alumnos y alumnas deberán cursar 24 créditos correspondientes a 4 asignaturas de 6 créditos de la Formación Básica:
    • Módulo 2: Dificultades de aprendizaje y trastornos del desarrollo: Prevención e identificación de los trastornos del desarrolloy de las dificultades del aprendizaje en la etapa infantil (6 créditos)
    • Módulo  3:  Sociedad,  familia  y  escuela:  Orientación  educativa  relaciones  escuela,  familia  y  comunidad  en educación infantil (6 créditos)
    • Módulo 4: Infancia, salud y alimentación: Bases biológicas de la salud (6 créditos)
    • Módulo 6: Observación sistemática y análisis de contextos: La observación sistemática en el aula de educación infantil (6 créditos)
  • Deberán cursar, además, 6 créditos del Bloque Disciplinar: Aprendizaje de las lenguas y Lectoescritura, correspondientes a la asignatura Lengua Española (6 créditos).
  • Asimismo, deberán cursar el Trabajo de Fin de Grado (6 créditos).

Número de plazas a ofertar.

Las plazas a ofertar dependerán de la demanda que este curso tenga cada año, pudiendo formarse uno o dos grupos (horquilla de entre 65 a 130), y sujeto a modificación atendiendo al criterio aquí citado.

Personal Académico.

Se cuenta con el personal docente y de apoyo suficiente para llevar a cabo el Curso de Adaptación al Grado.

Recursos Materiales y Servicios.

Los recursos materiales y servicios son suficientes para dar respuesta a las demandas generadas por el curso de Adaptación al Grado.

Curso de implantación.

Curso 2013/14.

Acuerdo de Consejo de Gobierno, en sesión ordinaria de 05/02/2015, por el que se aprueban Itinerarios curriculares concretos (Facultad de Ciencias del Trabajo, Facultad de Ciencias de la Educación y Centro de Magisterio Sagrado Corazón) en la Universidad de Córdoba.

Descripción detallada de módulos, materias y asignaturas

Cambio de competencias en el Trabajo Fin de Grado:

Justificación de la propuesta

El cambio de las competencias del Trabajo Fin de Grado se propone en base a lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, que indica que el TFG está orientado a la evaluación de las competencias asociadas al título. En consecuencia es necesaria la modificación de las competencias incorporadas en la memoria del título.

Descripción de la propuesta

En la ficha de la materia/asignatura Trabajo Fin de Grado, suprimir las competencias que aparecen e incluir el siguiente párrafo: “Se tendrán en cuenta, según establece el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, todas las competencias asociadas al titulo”.

Cambio del carácter temporal del Trabajo Fin de Grado:

Descripción de la propuesta

Cambio de carácter temporal de la asignatura Trabajo Fin de Grado (4º curso, 6 créditos, anual) que pasa al 2º cuatrimestre.


Asimismo, estos estudiantes deberán acreditar el conocimiento de un idioma extranjero para la obtención del Título de Graduado/Graduada en Educación Infantil. El nivel exigido será al equivalente a B1 (dominio independiente según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, http://cvc.cervantes.es/obref/marco/), pudiendo realizar el alumno o alumna la acreditación de alguna de las siguientes formas:

  • A través de la presentación de un certificado oficial que acredite el nivel de idioma solicitado. En este sentido, la Universidad de Córdoba facilitará a los y las estudiantes esta acreditación a través de sus propios servicios (UCOIDIOMAS, http://www.uco.es/idiomas/)
  • Redacción y Defensa oral del Trabajo de Fin de Grado en ese idioma extranjero.
  • Acreditando su movilidad Erasmus, previamente concertada o verificada a través del Vicedecanato de Innovación y Relaciones Institucionales de la Facultad de Ciencias de la Educación en el caso del centro público y del centro adscrito (http://www.uco.es/internacionalcoopera/ori/erasmus.html).

Criterios y Procedimiento Específico para una Posible Extinción del Título

Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, sobre “Modificación y extinción de los Planes de Estudios conducentes a Títulos oficiales verificados”, que:

“Se considerará extinguido un Plan de Estudios cuando el mismo no supere el proceso de acreditación previsto en el artículo 27”, lo cual supone “comprobar que el Plan de Estudios correspondiente se está llevando a cabo de acuerdo con su proyecto inicial mediante una evaluación…”; “…en caso de informe negativo el Título causará baja en el mencionado registro y perderá su carácter oficial y su validez” (artículo 27).

“Las Universidades están obligadas a garantizar el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que hubieran iniciado sus estudiantes hasta su finalización”.

En el ANEXO I (apartado 9.f) se establece que la Memoria para la verificación de los Títulos oficiales debe recoger los “criterios específicos en el caso de extinción del Título”.

El proceso que hay que desarrollar consta de dos procedimientos:

a) Criterios para la extinción

La Universidad especificará los límites concretos para cada uno de los criterios que se señalan a continuación y que determinarán la interrupción de un Título, ya sea de forma temporal o de manera definitiva. Los criterios específicos para la extinción del Título son los siguientes:

  1. No superación del proceso de evaluación para la acreditación a los seis, siete u ocho años (en función de los cursos del Título) desde la fecha de su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
  2. Incumplimiento de lo previsto en la Memoria de verificación del Título.
  3. Número de estudiantes de nuevo ingreso inferior a lo establecido por el Consejo Andaluz de Universidades (CAU).
  4. Insuficiencia de Recursos Humanos (profesorado) para ofrecer una enseñanza de calidad.
  5. Escasa cualificación del profesorado; deficiencias en la calidad docente según los resultados del programa DOCENTIA-CÓRDOBA.
  6. Escasez o insuficiencia de recursos materiales, inadecuación de las instalaciones e infraestructuras.
  7. Incumplimiento de los resultados académicos previstos reflejados en la Memoria de solicitud de Verificación del Título (apartado 8).

b) Procedimiento para salvaguardar los derechos del alumnado.

En la página web y cuantos otros medios se estime oportuno figurarán detalladamente:

  1. Un cronograma que recoja el calendario de extinción del Título.
  2. El procedimiento de adaptación del alumnado de los estudios existentes al nuevo Plan de Estudios.
  3. Un mecanismo que permita al alumnado la superación de las enseñanzas una vez extinguidas, durante un número (a determinar) de años académicos posteriores a la extinción.
  4. La definición de las enseñanzas que se extinguen por la implantación del Título propuesto.

Se realizarán unas Jornadas Informativas con la denominación de “Nuevos Títulos y criterios para su extinción”.

La Secretaría del Centro tendrá al día los acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno con respecto a los criterios adoptados para interrumpir la impartición del Título, temporal o definitivamente, y los mecanismos previstos para salvaguardar los derechos y compromisos adquiridos con el alumnado, así como las alternativas viables propuestas para el alumnado que esté cursando la enseñanza.

Desde la Secretaría del Centro se establecerán mecanismos de información individualizada sobre la situación académica de cada estudiante afectado.

El programa VERIFICA de ANECA, en su “Protocolo de Evaluación para la Verificación de Títulos Universitarios Oficiales” señala que la propuesta de los nuevos Títulos debe “definir aquellos criterios que establecerán los límites para que el Título sea finalmente suspendido. Para ello, previamente, se debe establecer un procedimiento que describa el sistema creado en la Universidad para definir estos criterios, así como su revisión, aprobación y actualización periódica”.

En este mismo sentido, la Guía de Apoyo del programa VERIFICA de la ANECA establece que “…se debe identificar cuáles son los criterios para interrumpir la impartición del Título, temporal o definitivamente, y los mecanismos previstos para salvaguardar los derechos y compromisos adquiridos con los estudiantes…”. 

Se realizarán estudios en torno a la extinción de Títulos por parte de la Unidad de Garantía de Calidad del Título, utilizando los siguientes indicadores:

  • Número de consultas.
  • Número de estudiantes afectados.
  • Número de quejas y reclamaciones resueltas.