Profesión regulada para la que capacita el título
El nuevo Título capacita para el ejercicio de la profesión de Maestro/Maestra en Educación Infantil, y tiene su justificación en RD 1665/1991 de 25 de octubre, que incorpora la directiva europea 89/48/CEE. El Anexo I de este Real Decreto incluye la relación de las profesiones reguladas en España, y en ella figura como profesión regulada del sector cultural la de Maestro.
Esta titulación faculta para su desempeño tanto en centros dependientes de las administraciones educativas como en centros de enseñanza privados y privados concertados.
Según el artículo 100 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para ejercer la docencia en las diferentes enseñanzas reguladas en esta Ley, es necesario estar en posesión de las titulaciones académicas correspondientes y tener la formación pedagógica y didáctica que el Gobierno ha establecido para cada enseñanza. En su artículo 92, sobre el profesorado de Educación Infantil, establece que la atención educativa directa a los niños del primer ciclo de Educación Infantil correrá a cargo de profesionales que posean el Título de Maestro con la especialización en Educación Infantil o el Título de Grado equivalente, y que el segundo ciclo de Educación Infantil será impartido por profesores con el Título de Maestro y la especialidad en Educación Infantil o el Título de Grado equivalente. Así pues, el Título de Graduado/Graduada en Educación Infantil habilita para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro de Educación Infantil.
La función pública docente en Andalucía está regulada por la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en las normas que se dicten en desarrollo de las mismas.
Los maestros y maestras en Educación Infantil ejercen su actividad profesional en las Escuelas Infantiles de las Comunidades Autónomas o en Escuelas Infantiles concertadas y privadas, o con la infancia en circunstancias especiales, en centros hospitalarios o penitenciarios, por ejemplo. También como profesional en programas de atención a la infancia, ludotecas, aulas de educación especial y servicios educativos de apoyo a la escuela.