El propósito de este procedimiento es conocer los resultados de otras posibles evaluaciones/fuentes de información para obtener datos complementarios sobre la Calidad del Título de Grado.
El Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010 de 2 de julio, en su Anexo I, establece las directrices de elaboración de la Memoria para la solicitud de verificación de los Títulos oficiales. El apartado 9.b de dicha Memoria hace mención a los “procedimientos de evaluación y mejora de la calidad de la enseñanza y el profesorado”.
El Protocolo de Evaluación para la Verificación de Títulos Universitarios Oficiales (programa VERIFICA, ANECA), en su apartado 9.2 señala que se establecerán “procedimientos para la recogida y análisis de información sobre la calidad de la enseñanza”…y…“procedimientos para la recogida y análisis de información sobre el profesorado”.
La Unidad de Garantía de Calidad del Título solicitará a la Sección de Gestión de Datos y Estadística los datos e informes que considere de interés sobre las evaluaciones institucionales y los Planes de Mejora previamente realizados.
Por otro lado, se solicitarán al Vicerrectorado de Política Científica los resultados de la evaluación de la investigación del profesorado del Título, grupos de investigación PAI y proyectos de investigación nacionales, autonómicos o de carácter internacional del profesorado participante en el Título (número total de doctores, sexenios de investigación concedidos y tramos autonómicos).
Igualmente, se analizarán los resultados de los indicadores definidos para la evaluación de los recursos materiales e infraestructuras de los que dispone el Título o Centro en el que se imparte.
La UGCT podrá solicitar a Colegios profesionales, asociaciones empresariales y otros grupos de interés externos que la UGCT identifique, que aporten información sobre la satisfacción con la formación de los graduados y graduadas. Evidentemente, esa información sólo estará disponible para la primera promoción, una vez trascurran 2 años desde la finalización de sus estudios. En cualquier caso, con anterioridad a ese momento, la presidencia de la UGCT podrá invitar a representantes de los mencionados colectivos a las reuniones de la UGCT para que aporten su visión para la mejora del Título.
Del mismo modo, podrá recabarse cualquier otra información que la UGCT considere necesaria para la evaluación de la calidad del Título.
Para la evaluación de la planificación y desarrollo de la docencia se establecerá una tabla de indicadores que recogerán datos de los últimos 4 años/cursos académicos (P-10.I)
Se definirán los indicadores de calidad investigadora para el Título de Grado, de su profesorado y grupos, de los 4 últimos años (P-10.II).
Se definirán indicadores sobre las infraestructuras y los recursos materiales disponibles para la implantación del Título (P-10.III).
En base a la información complementaria aportada por estos indicadores, la Unidad de Garantía de Calidad del Título realizará un informe global sobre la evaluación de la Calidad del Título, definiendo los puntos fuertes y débiles, así como las propuestas de mejora (según P-11.I).
Del informe redactado por la Unidad de Garantía de Calidad del Título, la Junta de Centro definirá la forma en que se tratarán los puntos fuertes y débiles, así como las propuestas de mejora sugeridas (según P-11.I), de forma que sea posible subsanar las deficiencias detectadas en la implantación del Título y contribuir a la mejora de la calidad del mismo. Las acciones de mejora serán elevadas por la UGCT a la Junta de Centro para su estudio y, en su caso, aprobación.
Los informes de los resultados de las evaluaciones deberán ser publicados en la página web del Título, teniendo acceso a los mismos el alumnado, profesorado, Personal de Administración y Servicios, y la sociedad en general, garantizando así la transparencia de información sobre el Título.