El propósito de este procedimiento es realizar un seguimiento para la revisión y mejora de los procedimientos de evaluación de las competencias transversales y específicas del Título.
El Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 86172010 de 2 de julio, en su apartado 3 del Anexo I (Memoria para la solicitud de Verificación de Títulos Oficiales), referido a los objetivos del Título, establece que “las competencias propuestas deben ser evaluables”.
El Protocolo de Evaluación para Verificación de Títulos Universitarios Oficiales (VERIFICA, ANECA) establece como directriz que “las competencias a adquirir por el/la estudiante deben ser evaluables y coherentes con las correspondientes a un Título de Grado”. En el mismo Protocolo se plantea dar respuesta, entre otras, cuestiones a si “las competencias propuestas son evaluables”.
Información de referencia:
- Plan de Estudios del Título de Grado verificado por ANECA.
- Guías docentes de asignaturas.
Herramientas:
Encuestas cruzadas al alumnado, profesorado, comisiones de evaluación ex-ante (al inicio de los estudios) y ex-post (al finalizar los estudios; por ejemplo: el examen de Trabajo Fin de Grado) y asesoras y asesores académicos.
Las encuestas de opinión del profesorado (P-8.II) serán obtenidas por los Departamentos y remitidas a la Sección de Gestión de Calidad de la Universidad de Córdoba.
La UGCT procederá al contraste sistemático entre el diseño de evaluación de competencias en el Plan de Estudios y las guías docentes de las asignaturas con los datos suministrados por las partes involucradas. Asimismo, analizará la definición del grado de implantación de la evaluación en cada tipología y la definición de fortalezas, debilidades, amenazas y oportunidades (DAFO) del sistema de evaluación de competencias.
Es importante saber si el alumnado y el profesorado conocen qué son las competencias, qué implican, si hay realmente evaluación del grado de adquisición de aprendizajes, si hay transversalidad y coherencia, así como los métodos utilizados para evaluar cada tipo de competencia. También se valorarán los tiempos (ECTS) para adquirir esas competencias y en qué medida la propia evaluación contribuye a adquirirlas. Se constatará la consonancia de las competencias identificadas con lo señalado por profesionales externos, asociaciones profesionales y por la sociedad, en general. Las prácticas externas, los créditos optativos y el Trabajo Fin de Grado se considerarán con especial atención para ayudar a la consecución de las competencias de “saber hacer”.
Frecuencia de la metaevaluación: al finalizar cada curso académico.
Propuestas dirigidas a:
- Responsables del Título de Grado.
- Responsables de asignaturas.
- Asesores académicos y asesoras académicas del alumnado.
- Profesorado que imparte docencia en el Título de Grado
Objetivo:
- Mejorar el sistema general y específico de evaluación de las competencias.
- Plan temporalizado de mejora.
Se establecerá un vocabulario común para designar inequívocamente los tipos de competencias. En este Manual, se propone la siguiente clasificación: COMPETENCIAS GENERALES, COMPETENCIAS ESPECÍFICAS DEL TÍTULO y COMPETENCIAS ESPECÍFICAS DE ASIGNATURAS. (*)
(*) El Real Decreto habla de competencias generales y específicas y posteriormente habla de de competencias básicas pero no habla de competencias transversales.