El propósito de este procedimiento es conocer el nivel de satisfacción global de los distintos colectivos activos implicados en el Título (PDI, PAS y alumnado) en relación a la orientación y acogida, la planificación, el desarrollo y los resultados del mismo.
El Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010 de 2 de julio, en su Anexo I, establece las directrices de elaboración de la Memoria para la solicitud de verificación de los Títulos oficiales. El apartado 9.5 de dicha memoria debe recoger, entre otros, “Procedimientos para el análisis de la satisfacción de los distintos colectivos implicados”.
El Protocolo de Evaluación para la Verificación de Títulos Universitarios Oficiales (Programa VERIFICA, ANECA) establece que “el Centro en el que se imparte el Título o, en su defecto, la Universidad debe disponer de unos procedimientos asociados a la Garantía de Calidad y dotarse de unos mecanismos formales para la aprobación, control, revisión periódica y mejora del Título”. La propuesta debe establecer los mecanismos y procedimientos periódicos que se utilizarán para revisar el Plan de Estudios, sus objetivos, competencias, planificación, etc. De forma más específica, el apartado 9.e señala que se establecerán “Procedimientos para la recogida y análisis de la información sobre la satisfacción de los colectivos implicados… en el Título”.
Al objeto de recabar la información sobre el nivel de satisfacción de los diferentes colectivos implicados en el Título se utilizarán encuestas de opinión para el alumnado (ver encuesta P-2.I), PDI (ver encuesta P-2.II) y PAS (ver encuesta P-2.III). Estos instrumentos serán implementados, en el caso del PDI y PAS, tras finalizar el segundo año y en el último curso del nuevo Título, y en el caso del alumnado sólo en el último curso.
El contenido de algunos ítems coincide para los tres colectivos: alumnado, PDI y PAS, con objeto de poder contrastar adecuadamente las distintas opiniones. La encuesta para alumnado (P-2.I) está compuesta de 28 ítems con 4 bloques de información, la del profesorado (P-2.II) está conformada por un total de 26 ítems, mientras que la dirigida al PAS (P-2.III) está integrada por 13 cuestiones. Las tres se presentan con la escala Likert de respuesta de 1 a 5 puntos y una columna para NS/NC. Con esta herramienta se pretende recoger información de opinión sobre: 1. Variables sociodemográficas (edad, género, Título, curso, sector); Docencia del Título; Gestión y Servicios; Infraestructura.
El procedimiento para la realización de las encuestas comienza con el envío de la herramienta de recogida de información (personalmente, mediante correo electrónico o plataforma virtual) a todo el PDI y PAS implicado en el Título, y a través de las Direcciones de los Centros y Departamentos, indicándoles una fecha máxima para su remisión a la Sección de Gestión de Calidad de la Universidad de Córdoba. La encuesta podrá ser cumplimentada en formato electrónico y será reenviada también a la Sección de Gestión de Calidad. Los datos se volcarán en un fichero informático por el Servicio de Calidad Docente y Planificación para su procesamiento y análisis.
En el caso de la encuesta al alumnado de último curso, la UGCT la pasará en el momento de la tramitación del Título.
La Sección de Gestión de la Calidad de la Universidad procesará los datos sobre la satisfacción de los distintos colectivos con el Título en relación con cada una de las variables que conforman la encuesta. La UGCT analizará la información, que se hará desagregada por grupo de implicados, presentando tanto datos descriptivos como análisis comparativos en función de las distintas variables de agrupación (colectivo, curso, grupo de edad, sexo). A partir de dicha información la UGCT elaborará un informe con las propuestas de mejora, sugerencias y recomendaciones sobre el Título.
Al finalizar los análisis de satisfacción global, la UGCT elaborará un informe con los resultados, en el que se definirán los puntos fuertes y débiles, así como las propuestas de mejora detalladas y dirigidas a los agentes pertinentes. La UGCT trasladará al responsable del Título (Decano/a o Director/a de Centro) los resultados de satisfacción y las propuestas que hayan elaborado a partir de la información recabada. Dichas propuestas deben permitir detectar las necesidades de mejora y obtener orientaciones básicas para el diseño de acciones encaminadas a subsanar las deficiencias detectadas. La persona responsable del Título trasladará las propuestas de mejora a la Junta de Centro para tomar las decisiones oportunas sobre el Título.
Cuando se disponga de varias evaluaciones, la UGCT tendrá en cuenta la evolución de los datos de satisfacción y lo hará constar en los informes.
El seguimiento de la ejecución de las acciones derivadas debe recoger, al menos, los siguientes aspectos:
- Acciones propuestas.
- Responsable(s) del seguimiento de la acción.
- Valoración del grado de cumplimiento.
- Tiempo necesario para su ejecución (plazo de ejecución: Largo, Medio, Corto).
Los resultados de satisfacción con el Título estarán actualizados y serán publicados en la página web del mismo, teniendo acceso a los mismos el alumnado, profesorado, personal de administración y servicios, y la sociedad en general, garantizando así la transparencia de información sobre el Título. Serán públicas igualmente las acciones derivadas del análisis de la satisfacción así como el seguimiento de las mismas.
La información obtenida por este procedimiento se complementará con los estudios de satisfacción de egresados y egresadas que se recogen en el procedimiento P-9.
El propósito de este procedimiento es conocer y analizar los resultados previstos en el Título en relación con su tasa de graduación, tasa de abandono, tasa de eficiencia y tasa de rendimiento. Asimismo, se dan a conocer y se analizan otros indicadores complementarios del Título con objeto de contextualizar los resultados anteriores.
Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010 de 2 de julio, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales: Anexo I, apartado 8 “Resultados previstos”.
8.1. Estimación de valores cuantitativos para los indicadores que se relacionan a continuación y la justificación de dichas estimaciones. No se establece ningún valor de referencia al aplicarse estos indicadores a instituciones y enseñanzas de diversas características. En la fase de acreditación se revisarán estas estimaciones, atendiendo a las justificaciones aportadas por la Universidad y a las acciones derivadas de su seguimiento.
(Las siguientes definiciones son las recogidas por la Comisión Técnica para el Seguimiento y Acreditación de Títulos Universitarios Oficiales (SATUO) en el Protocolo para el Proceso de Seguimiento de Títulos Universitarios Oficiales)
- Tasa de graduación: relación porcentual entre el alumnado de una cohorte de entrada C que superan, en el tiempo previsto más un año, los créditos conducentes a la obtención de un Título T en una Universidad U, y el total del alumnado de nuevo ingreso de la misma cohorte C en dicho Título T en la Universidad U.
- Tasa de abandono: relación porcentual entre el alumnado de una cohorte de entrada C matriculados en el Título T en la Universidad U en el curso académico X, que no se han matriculado en dicho Título T en los cursos X+1 y X+2, y el número total de estudiantes de tal cohorte de entrada C que accedieron al mencionado Título T el curso académico X.
- Tasa de eficiencia: relación porcentual entre el número total de créditos en los que debieron matricularse el alumnado graduado de una cohorte de graduación G para superar un Título T en una Universidad U y el total de créditos en los que efectivamente se han matriculado el alumnado graduado de una cohorte de graduación G en un Título T en una Universidad U.
- Tasa de rendimiento: para el curso académico X, relación porcentual entre el número de créditos ordinarios superados en el Título T en la Universidad U y el número de créditos ordinarios matriculados en el Título T en la Universidad U.
Protocolo de Evaluación para Verificación de Títulos Universitarios Oficiales (VERIFICA, ANECA). Apartado 8. Resultados previstos.
8.1. Estimación de indicadores: ¿se ha realizado una estimación justificada de indicadores relevantes que al menos incluya las tasas de graduación, abandono y eficiencia?, ¿se han tenido en cuenta entre otros referentes los datos obtenidos en el desarrollo de Planes de Estudios previos?
La Unidad de Garantía de Calidad del Título (UGCT) recabará al final de cada curso académico, del Servicio de Calidad y Planificación (Sección de Gestión de Datos y Estadística), los resultados de los indicadores obligatorios y complementarios que se especifican en la ficha P-1.I.
La UGCT, en los dos meses siguientes a la recogida de datos, llevará a cabo el análisis de los resultados obtenidos en dichos indicadores, debiendo examinar exhaustivamente el cumplimiento o no del valor cuantitativo estimado para los indicadores obligatorios señalados en la ficha P-1.I.
Después del análisis, la UGCT elaborará una Memoria que contendrá una descripción lo más detallada posible de la situación actual y, en su caso, recomendaciones para alcanzar el valor cuantitativo estimado que sirve de referencia.
En los dos meses siguientes, dicha Memoria será considerada por el órgano competente quien, tras incluir las enmiendas oportunas, deberá remitir la Memoria a la Dirección del Centro, que será quien finalmente tome las decisiones que correspondan.
El valor de referencia o estimación de valores cuantitativos de los indicadores obligatorios es dinámico y, necesariamente, se ha de contrastar con los resultados obtenidos de las tasas correspondientes.
Para la estimación de valores cuantitativos de los indicadores obligatorios, así como para la justificación de dichas estimaciones, se tomarán como base datos históricos, de prospectiva o comparados.
En el supuesto de que no se cumplieran los valores de referencia establecidos en la ficha P-1.I, la UGCT recomendará un Plan de Mejora que solucione los problemas detectados, señalando a la persona responsable del seguimiento y el mecanismo para realizarlo (ficha P-1.II).
El Plan de Mejora, en el supuesto de que sea necesario, deberá ser verificado por la Unidad de Garantía de Calidad del Centro y aprobado por la Junta de Centro.
Con objeto de contextualizar los resultados obtenidos, la UGCT recabará del Servicio de Calidad y Planificación (Sección de Gestión de Datos y Estadística) los resultados de los indicadores que se especifican en la ficha P-1.III.
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